10/5/11

Envios susceptibles de realizar trámites aduaneros

Según la normativa legal vigente, la importación de envíos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea, o de Canarias, Ceuta/Melilla serán objeto de DUA y pagará IVA, y en su caso aranceles, en los siguientes casos:
- Envios en los que el remitente o el destinatario sea una empresa siempre que el valor de la mercancía supere los 22€.
- Envios en los que el remitente y el destinatario sean un particular, siempre que suponga una transaccion comercial o el valor del envio supere los 45 €.

Independientemente de esta información, la Aduana española, tiene la potestad de retener e inspeccionar de oficio los envíos cuando así lo considere necesario. Por otro lado, determinados productos (alcoholes y derivados, tabaco y labores del tabaco y derivados de hidrocarburos, etc…) están sujetos a Impuestos Especiales.

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